Nuevo Código Estructural para la ejecución de estructuras de hormigón y acero
El nuevo Código Estructural entrará en vigor el próximo 10 de noviembre, tres meses después de ser aprobado por el Real Decreto 470/2021, de 29 de junio, y publicado en el Boletín Oficial del Estado nro. 190 de 10 de agosto. A partir de entonces, se convertirá en la norma fundamental para la ejecución de estructuras de hormigón, las estructuras de acero (incluyendo las estructuras de acero inoxidable) y las mixtas de hormigón-acero (no contempladas anteriormente), actualizando la reglamentación hasta ahora vigente relativa a este tipo de estructuras de acuerdo con las novedades de carácter técnico y reglamentario en la materia.
Los objetivos que se persiguen con esta actualización -que deroga las normas anteriores de Instrucción de Hormigón Estructural (EHE-08) e Instrucción de Acero Estructural (EAE), así como otras disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en el Real Decreto 470/2021– son los de mejorar la seguridad estructural y la seguridad en caso de incendio, así como la protección medioambiental y la utilización eficiente de los recursos naturales, proporcionando procedimientos que permiten demostrar su cumplimiento con suficientes garantías técnicas.
Principales novedades
El nuevo Código Estructural consta de 4 Títulos, relativos a I. Bases Generales, II. Estructuras de hormigón, III. Estructuras de acero y IV. Estructuras mixtas, con un total de 36 Capítulos. Además de 32 anejos que desarrollan, en los primeros 17, cuestiones particulares de las estructuras correspondientes, y en los últimos 15 los procedimientos de cálculo de dichas estructuras.
Entre las principales novedades que introduce el nuevo Código Estructural, se pueden destacar las siguientes:
1.- Regula ámbitos no contemplados por la reglamentación que hasta ahora estaba en vigor
– La gestión de las estructuras existentes durante su vida útil.
– Los sistemas de protección, reparación y refuerzo de estructuras de hormigón.
– Normativa de cálculo para las estructuras realizadas con acero inoxidable.
– Normativa para las estructuras mixtas de hormigón y acero (como podían ser los forjados colaborantes con conectores).
– Establece recomendaciones de uso para el hormigón proyectado estructural.
2.- Evalúa la sostenibilidad de las estructuras
El nuevo Código Estructural incorpora un modelo voluntario para la propiedad para evaluar la contribución a la sostenibilidad de las estructuras, considerando las características prestacionales, ambientes, sociales y económicas que aportan los diferentes agentes que participan en su proyecto y ejecución: el proyectista, el constructor y los fabricantes de productos.
Los parámetros utilizados en ese modelo voluntario incluyen: las emisiones de gases de efecto invernadero, el reciclado de materiales, el consumo de energía o agua, la utilización de energías renovables, el control de emisiones y ruidos, la mejora ambiental, etc.
De esta forma, si la propiedad así lo considera, el proyecto, construcción y mantenimiento de la estructura deberá enfocarse hacia la reutilización o reciclaje de toda o parte de la estructura una vez se haya alcanzado el final de la vida de servicio.
3.- Requisitos técnicos exigibles a los materiales componentes
Esta es una de las principales novedades que introduce el Código Estructural, ya que se elimina el concepto de idoneidad técnica al uso de los productos con marcado CE, sustituyéndolo por la presunción de veracidad de la declaración de los valores de las prestaciones de las características de los productos amparados por dicho marcado por parte del fabricante.
4.- Incorpora los aspectos más relevantes de la normativa europea para el cálculo de estructuras
Uno de los propósitos de la nueva norma es incorporar los aspectos más relevantes de la normativa europea para el cálculo de las estructuras, de acuerdo con los procedimientos establecidos en los Eurocódigos Estructurales.
Así, tal como recoge el artículo 3 del nuevo Código Estructural, los procedimientos establecidos en los Eurocódigos Estructurales es una de las tres alternativas que se ofrecen al autor del proyecto (de conformidad con la propiedad y dirección facultativa) para justificar que una estructura cumple con las exigencias que estable el Código.
La aplicación del nuevo Código Estructural se realizará -tal como señala el Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España, CSCAE– “se deberá aplicar con carácter general a todas las obras de nueva construcción, intervención o deconstrucción, en su caso, de las estructuras existentes, salvo en las excepciones recogidas en el articulado. Debe tenerse en cuenta, no obstante, que al permanecer vigente el Código Técnico de la Edificación, su aplicación seguirá siendo vigente en todos los ámbitos no cubiertos por este Código Estructural, haciéndose incluso referencia al CTE en varios de los artículos del nuevo Código”. En lo referente al requisito de seguridad en caso de incendio en las estructuras de edificación, por ejemplo, “la resistencia al fuego de los diferentes elementos estructurales se definirá según lo recogido en el Documento Básico DB-SI del CTE”.
Nuevo Código Estructural: los objetivos que se persiguen con esta actualización son los de mejorar la seguridad estructural y la seguridad en caso de incendio, así como la protección medioambiental y la utilización eficiente de los recursos naturales. Clic para tuitear
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