Importar acero, hierro y aluminio de fuera de la UE saldrá más caro
¿Qué es el CBAM? El “Carbon Border Adjustment Mechanism”, más conocido como CBAM por sus siglas en inglés, se traduce al castellano como el Mecanismo de Ajuste en Frontera de Carbono (MAFC).
Es decir, se trata de un instrumento -desarrollado y aprobado como Reglamento (2023/956, de 10 de mayo de 2023) por el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE- que tiene como objetivo “igualar las condiciones de mercado de determinados productos fabricados en la Unión Europea, y que están sujetos a un coste por emisión de tonelada de CO2 en su producción, y los productos importados”.
Estas nuevas obligaciones para importar mercancías afectan a todas aquellas empresas que importe determinadas mercancías desde países de fuera de la UE. Como es el caso de productos de hierro, acero o aluminio.
¿Qué es el CBAM? El “Carbon Border Adjustment Mechanism”, más conocido como CBAM por sus siglas en inglés, se traduce al castellano como el Mecanismo de Ajuste en Frontera de Carbono (MAFC). Clic para tuitear
Comienza la fase de transición
El Reglamento 2023/956 establece una fase de transición en su aplicación, que comenzó el pasado 1 de octubre y finalizará el 31 de diciembre de 2025.
Durante esa fase, las empresas importadoras de bienes incluidos en el ámbito de aplicación de la norma deberán notificar “las emisiones de gases de efecto invernadero causadas directa o indirectamente por sus importaciones, sin obligación de hacer ningún pago ni realizar ningún ajuste”.
El Reglamento entrará plenamente en vigor a partir de 2026, fecha desde la que los importadores estarán obligados a declarar anualmente la cantidad de bienes importados y las emisiones de gases de efecto invernadero asociadas, expresadas en toneladas de CO2. De esta manera, será obligatorio verificar esta información y adquirir y entregar certificados equivalentes al precio del carbono, adquiridos en el mercado europeo.
¿A qué mercancías afectará?
Las mercancías que se verán afectadas por esta nueva obligación se enumeran en el Anexo I y el Anexo II del Reglamento Europeo. Inicialmente, el CBAM se aplicará a las importaciones de bienes cuya producción sea especialmente intensiva en carbono (cemento, hierro y acero, aluminio, fertilizantes, electricidad e hidrógeno) y podrá ir ampliando su ámbito de aplicación gradualmente.
Para determinar si se importan bienes afectados por esta obligación, se puede comprobar el Código de Nomenclatura Combinada (NC) en el citado Anexo I del Reglamento, tal como se indica en la página web de la Agencia Tributaria. La Unión Europea también facilita más información en el apartado dedicado a este tema de su página web.
En todo caso, habrá que estar atento tanto si se importa directamente como si se hace a través de un distribuidor a materiales como:
Hierro y acero
– Tubos y perfiles huecos, de fundición.
– Tubos y perfiles huecos, sin soldadura (sin costura).
– El resto de los tubos (soldados o remachados) de sección circular con diámetro exterior superior a 406,4 mm.
– Los demás tubos y perfiles huecos (soldados, remachados, grapados o con los bordes simplemente aproximados).
– Accesorios de tubería (como empalmes, codos, manguitos) de fundición.
– Determinadas partes para la construcción, como pilares, columnas, armazones para techumbre, techados, puertas y ventanas y sus marcos, contramarcos y umbrales, cortinas de cierre, barandillas; así como chapas, barras, perfiles, tubos y similares, de fundición, hierro o acero, preparados para la construcción.
– Tornillos, pernos, tuercas, tirafondos, escarpias roscadas, remaches, pasadores, chavetas, arandelas incluidas las arandelas de muelle) y artículos similares.
Aluminio
– Barras y perfiles.
– Alambre.
. Chapas y tiras de espesor superior a 0,2 mm.
– Tubos.
– Accesorios de tuberías (empalmes, codos, manguitos).
– Determinadas partes para la construcción, como pilares, columnas, armazones para techumbre, techados, puertas y ventanas y sus marcos, contramarcos y umbrales, y barandillas; así como chapas, barras, perfiles, tubos y similares, de aluminio, preparados para la construcción.
Hay que señalar también que en el Anexo III del Reglamento se excluyen de la aplicación de este mecanismo las mercancías originarias de determinados países, como Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza; así como de algunos territorios, como Ceuta y Melilla, entre otros.
Cuáles pueden ser las consecuencias
Cómo afectará el Mecanismo de Ajuste en Frontera de Carbono a las empresas, o cuál será su impacto económico. Estas son dos de las preguntas que están en el aire y que Rosa Cantón, técnico de Medio Ambiente en la Asociación de Empresas del Metal de Madrid (AECIM), resume en este vídeo.
Cantón -que recomienda consultar la web oficial de la Agencia Tributaria en su apartado de CBAM, para conocer algunas exclusiones y comprender mejor esta nueva obligación- explica que, a partir del 1 de enero de 2026, cuando el Reglamento entre plenamente en vigor, “los importadores estarán obligados a declarar anualmente la cantidad de bienes importados de la UE y las emisiones de gases de efecto invernadero asociadas, que se expresarán en toneladas de CO2”. Un informe que deberá estar verificado por una tercera parte acreditada.
Si bien, durante el periodo transitorio, “se tendrá que informar trimestralmente de las cantidades de materiales importados y de las emisiones de gases de efecto invernadero asociadas a su fabricación, pero no será necesaria su verificación ni efectuar la compra de certificados”, indica Cantón.
¿Y cuál será su impacto económico? “Si una empresa importa directamente mercancías afectadas por el CBAM, verá incrementados los costes debido a los certificados CBAM que deberá comprar -apunta Rosa Cantón- además de otros costes asociados a la gestión de estas obligaciones, como la verificación de las emisiones por un organismo externo”.
Según Cantón, “los productos que más subirán su precio serán los de mayor contenido en hierro, acero y aluminio”, y se espera que los productos más básicos “sean los más afectados”. Por otra parte, concluye Cantón, “a medida que se avance por la cadena de valor, los incrementos de precio se irán mitigando”.
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